El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta de la titular de Medio Ambiente, Agricultura y Sostenibilidad, Silvia Calvó, el Reglamento de la calificación de la eficiencia energética en la edificación. El texto normativo, que se desprende directamente de la Ley de impulso y transición energética y del cambio climático (Litecc), tiene la voluntad de fijar un modelo normalizado de calificación energético de los edificios y viviendas únicos para mejorar la transparencia, la información de cara al usuario así como también la eficiencia energética del mercado inmobiliario.
En este sentido, el Reglamento establece que la calificación relativa a la eficiencia energética en la edificación es de carácter obligatorio en toda transmisión onerosa de dominio de bienes inmuebles y también en aquellas viviendas de alquiler. Este nuevo texto permite que el usuario pueda conocer el consumo energético en energía final de la vivienda y los costes energéticos a los que deberá hacer frente según la calificación de la vivienda que irá de la A (más eficiente) a la G ( menos eficiente).
El texto establece la obligatoriedad de la calificación de la eficiencia energética para la compra-venta de viviendas a partir del 1 de enero de 2020 y en vivienda de alquiler a partir del 1 de enero de 2023. La información deberá ser comunicada por los transmitentes los adquirentes y los arrendadores a los arrendatarios. El Reglamento establece dos vías para obtener la calificación energética: la certificación y la etiqueta. El primer caso se usará para la calificación de todo un edificio en su conjunto o sus unidades mediante el cálculo previsto por el reglamento y el segundo permitirá, de acuerdo con los datos de consumo, a una vivienda único obtener una calificación más simplificada.
Con la voluntad de facilitar la obtención de la etiqueta energética, el Reglamento fija un precio máximo de 240 euros para la elaboración y el registro de las etiquetas energéticas en las unidades con una superficie inferior o igual a 80m2. Para unidades de mayor superficie se establece un importe máximo de 3 € / m2. Serán los técnicos competentes en la materia los encargados de pasar el certificado.
La aprobación del nuevo texto deroga el Reglamento de la certificación de la eficiencia energética del 2012 que ya preveía la certificación energética para el conjunto del edificio, pero era una medida de carácter no obligatorio.
Fuente: Govern d’Andorra